Diferencia entre Partida y Certificado de Defunción para Sucesiones
Una de las consultas más frecuentes que recibo es: “¿Tengo que presentar la partida o el certificado de defunción?”
Parece una pregunta simple, pero confundir estos documentos puede hacer que rechacen tu presentación y retrasar todo el trámite meses.
En esta guía te explico exactamente qué necesitás para tu sucesión en CABA.
¿Cuál es la diferencia?
Certificado de Defunción
Es el documento que te entregan en el momento del fallecimiento, generalmente en el hospital, clínica o cuando el médico certifica la muerte.
Características:
- Se entrega inmediatamente
- Es un papel con datos básicos
- Sirve para trámites urgentes iniciales
- NO tiene valor legal pleno para sucesiones
Partida de Defunción
Es la copia fiel y oficial del libro del Registro Civil donde se inscribió la defunción.
Características:
- Se solicita en el Registro Civil
- Es un documento oficial con sellos y firmas
- Tiene pleno valor legal
- ES EL DOCUMENTO REQUERIDO para sucesiones
La clave: Partida = Acta
Según el Registro Civil, “Partida y Acta son sinónimos”. Ambas son copias fieles de los libros de inscripción.
Mientras que el Certificado es un papel que se da en el momento que hace referencia a los datos del libro, pero no tiene valor legal pleno.
¿Qué necesito para mi sucesión?
Para iniciar el trámite
Según jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones, “a los fines de la apertura de la sucesión, el fallecimiento del causante puede probarse mediante la presentación del certificado emanado del Registro Civil”.
Es decir: podés iniciar con el certificado.
Para el trámite completo
Sin embargo, para la tramitación completa de la sucesión necesitás la partida arancelada.
Según estudios especializados de Breit & Asociados, “las partidas para ser presentadas en una sucesión deben ser aranceladas (no sirven las gratuitas)”.
Partidas gratuitas vs. aranceladas
Otro punto de confusión frecuente:
Partidas Gratuitas
- Se obtienen por internet
- Son sin costo
- Sirven para trámites informales
- NO sirven para sucesiones
Partidas Aranceladas
- Se solicitan en el Registro Civil (presencial o por correo)
- Tienen un costo
- Incluyen sellos y legalizaciones
- SON LAS ÚNICAS VÁLIDAS para sucesiones
¿Dónde obtengo la partida de defunción?
En Capital Federal (CABA)
Registro Civil Central
- Dirección: Uruguay 753, CABA
- Horario: Lunes a Viernes de 10 a 15hs
- También podés solicitarla online en buenosaires.gob.ar
Si la defunción fue en otra provincia
Debés solicitarla en el Registro Civil de esa provincia. Muchos ya tienen sistema de solicitud online.
Trámite por correo
Para defunciones ocurridas en Capital Federal, podés solicitar el envío por correo postal:
- Completás formulario online
- Pagás el arancel
- Te la envían por correo certificado
Legalizaciones adicionales
Atención: Según Preguntas Frecuentes del Registro, “para algunos trámites como sucesión, va a necesitar una legalización de la Cámara de Apelaciones en lo Civil” (si la partida es de Capital Federal) y del Ministerio del Interior para las demás provincias.
Esto es un trámite adicional que se hace después de obtener la partida.
¿Cuántas copias necesito?
Recomendación: Solicitá al menos 3 copias de la partida de defunción.
Las vas a necesitar para:
- Presentación judicial
- Escribanía (si hay inmuebles)
- Bancos y organismos
- Registro del Automotor (si hay vehículos)
- AFIP
- Trámites varios
Costo de las partidas
En CABA (2026):
- Partida arancelada: Aproximadamente $3.000-$5.000 por copia
- Con legalización: $5.000-$8.000
Los precios pueden variar. Consultá en el Registro Civil actualizado.
¿Qué pasa si presento el certificado en vez de la partida?
Depende de la etapa:
Al inicio: Generalmente lo aceptan para abrir el expediente
Para la declaratoria: El juez va a requerir la partida arancelada
Resultado: Demora en el trámite hasta que presentes la partida correcta
Caso práctico: Guía paso a paso
Paso 1: Obtener el certificado
En el momento del fallecimiento, el hospital o el médico te entrega el certificado.
Paso 2: Inscribir la defunción
Con el certificado, vas al Registro Civil para inscribir oficialmente la defunción (si no lo hicieron en el hospital).
Paso 3: Solicitar partidas aranceladas
Una vez inscripta la defunción, solicitás las copias aranceladas (3 copias mínimo).
Paso 4: Legalizar (si corresponde)
Si vas a usar las partidas en un juicio, las legalizás en la Cámara de Apelaciones.
Paso 5: Presentar en la sucesión
Con las partidas legalizadas, tu abogado las presenta en el expediente sucesorio.
Otros documentos que también deben ser “partidas”
La misma lógica aplica a:
Partida de Nacimiento
- Necesaria para acreditar vínculo con el fallecido
- También debe ser arancelada
- Vigencia recomendada: 3-6 meses
Acta de Matrimonio
- Si el fallecido estaba casado
- Debe estar actualizada (con último estado civil)
- Vigencia: 3 meses
Partidas de hijos
- Para acreditar filiación
- Aranceladas
- Actualizadas
Errores comunes
❌ “Tengo el certificado que me dieron en el hospital, alcanza” ✅ Necesitás la partida del Registro Civil
❌ “Descargué la partida gratuita de internet” ✅ Debe ser arancelada (con costo)
❌ “Con una copia alcanza” ✅ Solicitá al menos 3 copias
❌ “La partida nunca vence” ✅ Algunas legalizaciones tienen vigencia limitada
¿Cómo te ayudamos?
Con nuestra experiencia de +35 años, sabemos exactamente qué documentos necesitás y cómo obtenerlos.
Nuestro servicio incluye:
✓ Te decimos qué partidas necesitás ✓ Gestionamos la obtención de todas las partidas ✓ Tramitamos las legalizaciones necesarias ✓ Verificamos que todo esté correcto antes de presentar ✓ Presentamos en tiempo y forma ante el juzgado
No te preocupes por estos detalles técnicos. Nosotros nos encargamos.
Resumen: ¿Partida o certificado?
| Aspecto | Certificado | Partida |
|---|---|---|
| Cuándo se obtiene | Inmediatamente | Después, en el Registro |
| Validez legal plena | ❌ No | ✅ Sí |
| Para sucesiones | ❌ No definitivo | ✅ Necesario |
| Costo | Gratuito | Arancel ($3.000-$5.000) |
| Debe ser arancelado | N/A | ✅ Sí |
Conclusión
La diferencia es clara:
- El certificado es el documento inicial sin valor legal pleno
- La partida arancelada es el documento oficial que necesitás para la sucesión
No arriesgues demoras en tu trámite por presentar el documento equivocado.
Consultanos y te guiamos en cada paso del proceso, asegurándonos de que tengas toda la documentación correcta desde el inicio.
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