Sucesiones CABA / Sucesión Intestada

Sucesión Intestada en CABA (Sin Testamento)

Tramitación completa de sucesiones sin testamento en CABA. Declaratoria de herederos y gestión integral del proceso.

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¿Qué es una Sucesión Intestada?

Una sucesión intestada (también llamada "ab intestato") es el proceso legal que se inicia cuando una persona fallece sin haber dejado testamento.

En estos casos, la distribución de los bienes del fallecido se realiza según el orden de herederos establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación. Este orden legal determina quiénes son los herederos y en qué proporción reciben la herencia.

Es el tipo de sucesión más común en Argentina, ya que la mayoría de las personas no realiza testamento durante su vida.

Orden de Herederos según la Ley

1

Descendientes

Hijos, nietos, bisnietos (si los hijos premueren). Heredan en partes iguales.

2

Ascendientes

Padres, abuelos (si no hay descendientes). El cónyuge hereda el 50%.

3

Cónyuge

Si no hay descendientes ni ascendientes, el cónyuge hereda todo.

4

Colaterales

Hermanos, sobrinos (si no hay ninguno de los anteriores). Hasta el cuarto grado.

¿Qué es la Declaratoria de Herederos?

La declaratoria de herederos es la resolución judicial que determina quiénes son los herederos legales del fallecido y en qué proporción heredan.

Este trámite es obligatorio en las sucesiones intestadas y debe realizarse ante el juzgado correspondiente al último domicilio del causante (en este caso, CABA).

Documentación Necesaria

Partida de defunción

Debe ser partida oficial del Registro Civil

Acta de matrimonio actualizada

Si el fallecido estaba casado o era viudo

DNI del fallecido y herederos

Copias de ambos lados

Escrituras o títulos de propiedad

De los bienes a heredar (inmuebles, vehículos, etc.)

💡 ¿No contás con toda la documentación? No te preocupes, nosotros la tramitamos por vos.

IMPORTANTE: Competencia Territorial

Solo puedo intervenir en sucesiones que tramitan en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Para poder tomar tu caso, el fallecido debe haber tenido domicilio en CABA según consta en su Documento Nacional de Identidad (DNI).

Si el domicilio del causante corresponde a Provincia de Buenos Aires u otra jurisdicción, lamentablemente no puedo atenderte, ya que la sucesión debe tramitarse en el fuero correspondiente a ese domicilio.

Te recomiendo contactar con un abogado especialista en la jurisdicción que corresponda.

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